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Carta de alérgenos obligatoria en restaurantes: el error que te puede costar una multa de hasta 600.000€

14 de junio de 2026
Carta de alérgenos obligatoria en restaurantes: el error que te puede costar una multa de hasta 600.000€

Carta de alérgenos obligatoria en restaurantes: el error que te puede costar una multa de hasta 600.000€

Si tienes un restaurante, un bar o una cafetería en España y sirves comida preparada, estás obligado por ley a informar a tus clientes sobre los alérgenos de cada plato. No es una recomendación, no es un extra de calidad: es una obligación legal desde diciembre de 2014 y las multas por incumplirla llegan hasta los 600.000 euros, además del posible cierre del local.

Lo curioso es que la mayoría de los hosteleros saben que "algo hay que poner" sobre alérgenos, pero no tienen claro ni qué exige la ley exactamente, ni cuáles son los errores que más multas generan. Y hay un riesgo nuevo que casi nadie está contando: qué pasa cuando traduces tu carta a otros idiomas y la traducción omite o confunde un alérgeno. Ese es el error invisible que puede costarte mucho más que una multa.

En esta guía te cuento qué dice la ley de verdad (sin jerga legal), cuáles son los 14 alérgenos obligatorios, qué multas existen, y los errores concretos que debes evitar, especialmente si tienes carta digital, QR o carta traducida para turistas.

Qué dice la ley (la versión sin abogados)

La normativa viene de dos sitios:

El Reglamento (UE) 1169/2011 es la norma europea que obliga a todos los establecimientos de hostelería de la Unión Europea a informar a los consumidores sobre la presencia de 14 sustancias alergénicas en los alimentos sin envasar. Entró en vigor en diciembre de 2014.

El Real Decreto 126/2015 es la ley española que aterriza ese reglamento europeo y regula cómo deben informar los bares, restaurantes y cafeterías en España.

¿Qué dicen en la práctica? Tres cosas:

  1. Tienes que informar de los 14 alérgenos obligatorios en cada plato que sirvas. No vale con un cartel genérico tipo "pregunta al camarero". Tiene que haber un documento o sistema donde se vea qué alérgeno lleva cada plato concreto.

  2. La información puede estar en tres formatos: escrita en la propia carta o menú, en un documento separado accesible en el local (una carpeta, un tablón), o en formato digital o electrónico (QR, pantalla, plataforma digital), siempre que el cliente pueda consultarlo en el momento.

  3. La información verbal está permitida, pero solo como complemento. Es decir, tu camarero puede explicarlo de viva voz, pero tiene que existir un documento escrito o digital de respaldo que Sanidad pueda revisar en una inspección. Si solo lo dices de palabra y no hay nada escrito, estás incumpliendo.

Un matiz que poca gente conoce: tu carta digital con QR es formato legal válido para declarar alérgenos. Si tu menú digital incluye la información de alérgenos de cada plato, estás cumpliendo el requisito del Real Decreto 126/2015 sin necesidad de tener una carpeta de plástico aparte. Eso sí: tiene que ser consultable en el momento por el cliente, no detrás de un registro o un muro de inicio de sesión.

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria

Son siempre los mismos, en toda la Unión Europea:

  1. Gluten (trigo, centeno, cebada, avena, espelta y sus variedades híbridas)
  2. Crustáceos (gambas, langostinos, cangrejos, cigalas…)
  3. Huevos
  4. Pescado
  5. Cacahuetes
  6. Soja
  7. Leche (y sus derivados, incluida la lactosa)
  8. Frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, pistachos, nueces de macadamia, nueces de Brasil, pacanas)
  9. Apio
  10. Mostaza
  11. Granos de sésamo
  12. Dióxido de azufre y sulfitos (en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/l expresados como SO₂)
  13. Altramuces
  14. Moluscos (mejillones, almejas, calamares, pulpo…)

No basta con saber la lista. Lo importante es asignar correctamente los alérgenos a cada plato de tu carta, incluyendo los que están escondidos: la soja en un aliño, los sulfitos en un vino de cocción, el gluten en una salsa Worcestershire (salsa Perrins), el huevo en una mayonesa casera. Ahí es donde la mayoría falla.

Las multas: cuánto te puede costar

Las sanciones están reguladas por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y la graduación depende de la comunidad autónoma, pero el marco general es este:

Infracción leve (errores menores en la información, formato incorrecto, cartel ausente): de 100 a 5.000 euros.

Infracción grave (omisión sistemática de alérgenos, negligencia en la información que pueda afectar a consumidores): de 5.001 a 20.000 euros.

Infracción muy grave (ocultación intencionada de ingredientes, reincidencia, o cuando resulta en un daño directo a la salud del consumidor, como una reacción anafiláctica): de 20.001 hasta 600.000 euros, más el posible cierre cautelar del establecimiento por un periodo de hasta cinco años, y la apertura de procesos de responsabilidad civil y penal directos contra el titular.

Y ojo: la sanción administrativa (la multa) se puede poner aunque no haya habido ningún incidente con un cliente. Basta con que Sanidad venga a inspeccionar y vea que no tienes la información de alérgenos correctamente declarada. No hace falta que nadie enferme para que te caiga la multa.

Los errores que más multas generan (y el que nadie te está contando)

La mayoría de sanciones no vienen de mala fe. Vienen de no tener claro qué es suficiente y de errores que parecen menores:

Error 1: el cartel genérico. Poner un cartelito en la pared que dice "Consulte a nuestro personal sobre alérgenos" no cumple la ley si no existe un documento escrito o digital detrás que recoja qué alérgenos lleva cada plato. Es el error más frecuente y el primero que busca un inspector.

Error 2: la carta sin actualizar. Cambias de proveedor de pan y el nuevo lleva sésamo; o tu cocinero sustituye un ingrediente por rotura de stock y mete un alérgeno que antes no estaba. Si tu carta de alérgenos no refleja ese cambio, estás dando información falsa, que es peor que no darla.

Error 3: solo información verbal. Tu camarero sabe perfectamente qué lleva cada plato, pero no hay nada escrito ni digital. El día que venga Sanidad, no sirve la memoria del camarero: necesitan ver un documento.

Error 4: confundir alérgenos con "puede contener trazas". La declaración de alérgenos y la advertencia de trazas por contaminación cruzada son cosas distintas. Tienes que declarar los alérgenos que lleva el plato. Las trazas son un añadido, no un sustituto. Y no puedes usar un "puede contener trazas de todo" genérico como coartada para no declarar nada.

Y ahora el error que nadie cuenta: la traducción

Este es el que más debería preocuparte si tienes carta traducida a otros idiomas, sea en papel, en digital o en QR.

Imagina esto: tu carta en español declara correctamente que tus croquetas llevan leche y gluten. La traduces al inglés, al alemán o al francés. ¿Qué pasa si la traducción omite uno de los alérgenos? ¿O si traduce mal un ingrediente y el turista alérgico no reconoce el alérgeno en su idioma?

El riesgo no es teórico. Las traducciones automáticas en hostelería llevan años generando errores que van desde lo cómico (traducir "vino de la tierra" como "he came from the earth") hasta lo peligroso. Un plato que lleva "salsa Perrins" (que contiene pescado y gluten) traducido al alemán sin marcar esos alérgenos puede acabar en la mesa de un celíaco que confió en tu carta traducida.

Y aquí la clave legal: la responsabilidad es siempre del titular del restaurante. No del traductor, no de la herramienta, no de la plataforma. Si un turista alérgico a los crustáceos confía en tu carta traducida, come el plato y sufre una reacción, tú respondes. Da igual quién hizo la traducción.

Esto no significa que no debas traducir tu carta; al contrario, es una ventaja enorme para restaurantes en zonas turísticas. Significa que la traducción de los alérgenos necesita revisión humana, siempre. Cualquier herramienta de traducción automática, sea la que sea, puede cometer errores con ingredientes complejos, nombres coloquiales de salsas o subingredientes que son alérgenos ocultos. El texto general de la carta puede ir automático; los alérgenos, no.

Cómo cumplir sin complicarte la vida

Con todo lo anterior, lo que necesitas es un sistema que:

  1. Asigne los 14 alérgenos a cada plato concreto, no un cartel genérico.
  2. Se pueda actualizar al instante cuando cambies un ingrediente o un proveedor.
  3. Sea consultable por el cliente en el momento (en la carta, en un documento o en formato digital/QR).
  4. Si traduces la carta, que los alérgenos de cada plato estén correctamente reflejados en todos los idiomas, revisados por ti o por alguien que conozca la cocina.

El formato digital (carta con QR) tiene una ventaja enorme aquí, y es justo la que menos se cuenta: cuando cambias un ingrediente, actualizas los alérgenos en un sitio y se reflejan en todas partes al instante, sin reimprimir, sin tachar a boli, sin olvidarte de la carpeta. Para un negocio donde los ingredientes cambian por rotura de stock o por temporada, la carta digital convierte el cumplimiento de alérgenos de un marrón constante a algo que se gestiona en segundos.

Qué hacer si tienes carta traducida para turistas

Si tu restaurante está en zona turística y tienes la carta en varios idiomas (o estás pensando en hacerlo), sigue estas reglas:

  1. Los alérgenos deben aparecer en cada idioma, no solo en español. Si tu carta inglesa no declara los alérgenos de cada plato, no estás cumpliendo para ese cliente.
  2. Revisa personalmente los alérgenos en cada traducción. El texto del plato puede ir automático; los alérgenos necesitan que tú (o alguien que conozca la receta) compruebe que están bien reflejados en todos los idiomas.
  3. Usa los pictogramas estándar de los 14 alérgenos. Son universales y no dependen del idioma. Una imagen de un camarón (crustáceos) o una espiga (gluten) se entiende en cualquier lengua. Es tu red de seguridad visual.
  4. Documenta los cambios. Si cambias un proveedor o una receta y eso afecta a los alérgenos, actualízalo en todas las versiones de la carta al mismo tiempo.

Besmeo y los alérgenos: lo que hace y lo que debes hacer tú

Te lo cuento con la misma honestidad que el resto del artículo. Besmeo te permite crear tu carta digital con QR, traducida a varios idiomas, desde tu carta actual. Eso te da la base para tener los alérgenos en formato digital (formato legal válido) y actualizarlos al instante.

Pero —y esto es importante— la asignación de alérgenos a cada plato y su revisión en cada idioma es responsabilidad tuya. Ninguna herramienta automática, ni Besmeo ni cualquier otra, puede garantizar que los alérgenos de tu "salsa secreta" están correctamente declarados, porque solo tú (o tu cocinero) sabe lo que lleva cada plato de verdad. La herramienta te facilita el soporte y el formato; el contenido de los alérgenos lo verificas tú.

Dicho esto, tener la carta en formato digital te da una ventaja real para el cumplimiento: cuando cambias un ingrediente, actualizas los alérgenos en un sitio y se reflejan en todas las mesas y en todos los idiomas al momento, sin reimprimir nada. Eso convierte un proceso que en papel es lento y propenso a errores en algo rápido y centralizado.

Puedes probarlo gratis con tu propia carta:

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Conclusión

La carta de alérgenos es obligatoria en todos los restaurantes, bares y cafeterías de España desde 2014. Las multas van de 100 a 600.000 euros, y no hace falta que nadie enferme para que te caigan: basta con una inspección y una declaración ausente o incorrecta.

Los errores más frecuentes no son de mala fe: son el cartel genérico que no cumple, la carta sin actualizar cuando cambia un ingrediente, y, sobre todo, la traducción que omite o confunde un alérgeno en otro idioma. Este último es el más peligroso porque afecta directamente a un turista que confía en tu carta para comer sin riesgo.

La carta digital con QR es formato legal válido y te facilita el cumplimiento porque se actualiza al instante. Pero recuerda: la herramienta te da el soporte; los alérgenos los revisas tú, en cada idioma, cada vez que cambia una receta. Eso no es delegable.

Si quieres montar tu carta digital y tener un soporte que te facilite declarar los alérgenos en todos los idiomas, pruébalo gratis en besmeo.com/crear-tu-carta.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener carta de alérgenos en mi restaurante? Sí. Desde diciembre de 2014, todos los establecimientos de hostelería en España que sirvan comida preparada deben informar de los 14 alérgenos obligatorios en cada plato. No es opcional.

¿Cuáles son los 14 alérgenos de declaración obligatoria? Gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos.

¿Puedo declarar los alérgenos en una carta digital con QR? Sí. El Real Decreto 126/2015 acepta el formato digital o electrónico, siempre que el cliente pueda consultarlo en el momento. Tu carta QR es formato legal válido.

¿Cuánto es la multa por no declarar alérgenos? Depende de la gravedad: de 100 a 5.000 euros en infracciones leves, de 5.001 a 20.000 en graves, y hasta 600.000 euros en muy graves, con posible cierre del local.

¿Es obligatorio declarar las trazas de alérgenos? La declaración de trazas por contaminación cruzada no está regulada de la misma forma que los 14 alérgenos, pero se recomienda informar para proteger al cliente y protegerte a ti. No vale usar un "puede contener trazas de todo" genérico como sustituto de la declaración real.

¿Qué pasa si la traducción de mi carta omite un alérgeno? La responsabilidad legal es tuya como titular del restaurante, no de quien hizo la traducción. Si un cliente sufre una reacción por un alérgeno no declarado en la versión traducida, tú respondes. Revisa siempre los alérgenos en cada idioma.

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